Qué trámites debo seguir para mi boda civil.
Después de varios años dedicándome a oficiar ceremonias civiles me he dado cuenta de que casi siempre os surgen dudas, el 90% de las parejas me hacen las mismas preguntas sobre cómo hacer oficial su ceremonia y ya que me han dado la oportunidad quisiera intentar resolver algunas de las más comunes.
Casarse es mucho más que firmar un papel, debéis tramitar el expediente matrimonial y presentar la documentación requerida para estos casos en el Registro Civil.
Hay trámites informativos que se pueden hacer por teléfono o a través de correo electrónico, pero la documentación deberéis presentarla en el Registro Civil de la localidad en la que residáis.
¿QUE DOCUMENTOS NECESITAREMOS PARA TRAMITAR EL EXPEDIENTE?
*Original y copia del DNI.
*Certificado de empadronamiento (de los dos últimos años).
*Certificado de nacimiento (se solicita en el Registro Civil).
*Declaración jurada de estado civil de soltería (os lo darán en el Registro Civil cuando presentéis la documentación)
*Instancia del Registro Civil (os lo facilitarán en el mismo Registro Civil)
*También es necesario un testigo para el trámite.
(Para la firma del acta necesitareis dos testigos más. Pueden ser familiares o amigos mayores de edad)
¿CUANTO SE TARDA?
El plazo puede variar mucho de un lugar a otro, cuanto más demandado esté más difícil será elegir la fecha que queréis. Además en los ayuntamientos hay unos días y horas establecidas, por lo que la opción de fechas a vuestra elección se reduce bastante.
Por lo general, las bodas suelen celebrarse en días laborables y por la mañana (con excepciones)
Por eso siempre recomiendo iniciar los trámites con tiempo suficiente y preguntar la lista de espera (que puede ser de uno a seis meses).
Si queréis acelerar los trámites podéis trasladar el expediente (una vez finalizado) a un municipio más pequeño en los que la demora suele ser mucho menor.
Otra opción es la gestión ante notario que reducirá la espera pero en este caso tendrá un coste ya que en el Registro Civil es gratuita.
Una vez resueltas todas las dudas sobre qué trámites debo seguir para mi boda civil, viene la siguiente pregunta :
¿QUIEN NOS PUEDE CASAR DE FORMA OFICIAL?
En la actualidad puede casaros un juez de paz, un alcalde, un concejal o un notario.
Y la última pregunta siempre es:
¿SE DESPLAZAN AL LUGAR QUE HEMOS ELEGIDO PARA LA CEREMONIA?
Aquí los matices son muchos. Unas veces sí y otras no. Siempre va a depender de la persona que os asignen para hacerlo. Mi recomendación es que lo habléis bien antes de la boda para no dar lugar a equivocaciones. Pero si disponéis de un@ marestr@ de ceremonias no tendréis de que preocuparos, la ceremonia no será oficial (podéis firmar otro día) pero sí tal y como la habéis planeado de principio a fin, contad además con que nosotr@s trabajamos de forma individual (oficiando la ceremonia de una forma totalmente personalizada) o de forma conjunta (dirigiendo la ceremonia en todo momento para que nada escape a lo planeado, pero dejando espacio a la persona que se encargue de hacerla oficial, facilitándole un guión con los momentos en los que intervendrá, como lectura de artículos, firma de documento…etc)
Espero haber resuelto alguna de vuestras dudas sobre qué trámites debo seguir para mi boda civil, aunque hay algunas excepciones y mi recomendación es siempre preguntar, así os quedaréis tranquilos ya que es una de las cosas más necesarias en el momento en el que empezamos con la planificación de la boda.
Espero conoceros pronto. Un saludo.